miércoles, 21 de octubre de 2015

La tremenda Corte

                                              
Para nadie es un secreto que, paradójicamente, el poder del Estado mexicano más secreto, más oscuro, es el Poder Judicial. En los últimos años, algo se ha avanzado en acotar las facultades “meta-legales” del titular del poder ejecutivo federal, aunque sigue prevaleciendo un “presidencialismo a la mexicana” que se arroga cierta “manga ancha” para gozar de prerrogativas que otros altos funcionarios no tienen, para seguir siendo el “jefe de jefes”, como cuando el actual primer mandatario (Peña Nieto), para resolver un conflicto de interés (La Casa Blanca) que lo involucra, decide nombrar a uno de sus empleados (Virgilio Andrade) para que lo investigue, con el consabido y vergonzante resultado.

     Con el poder legislativo ocurre que, igual, algo se ha logrado avanzar, dotando de mayor pluralidad la representación popular en las cámaras de diputados y senadores del Congreso de la Unión, aunque el costo de tal “liberalización” sea muy alto, toda vez que se ha venido presentando una “vocación” cada vez más depredadora del erario de no pocos legisladores, al extremo de hacer del presupuesto allí aprobado, cada año, una auténtica piñata para que agandallen políticos, empresarios y demás extensiones de los poderes fácticos. Sin embargo, mal que bien, algo se conoce de los entretelones de acuerdos y negociaciones, precisamente por la diversidad de actores políticos que, no pocas veces, por la consecución de los mismos intereses sectarios, terminen evidenciando los pormenores de trácalas y jirones. Decimos “liberalización” porque, la “democratización” de este poder del Estado, en términos de su independencia del poder ejecutivo, aún no es plena.

     Pero en el poder judicial en general y, sobre todo en el caso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha prevalecido la opacidad y discrecionalidad mayor. En los próximos días tendrá que resolverse la integración de dos de sus ministros y ya es punto de conflicto público definir si eso se resuelve con apego a la legalidad o conforme al interés político, habida cuenta del grave antecedente que dejó el controvertido nombramiento de quien fuera el titular de la PGR (Procuraduría General de la República), Eduardo Medina Mora, en los tiempos aciagos del “gobierno” de Felipe Calderón (Fecal). Nombramiento que el Senado de la República hizo, sin mayor alharaca, de la propuesta enviada por el presidente Peña Nieto.

     Como bien ha observado el jurista Bernardo Bátiz (La Jornada, 19 de octubre de 2015), el problema de dotar de legitimidad plena la integración de la SCJN, empieza por dilucidar la contradicción que en el mismo texto constitucional prevalece en los artículos 95 y 96, cuando se contemplan en el primero los requisitos para ser “electos” los ministros y en el segundo el procedimiento para su “nombramiento”, cuestión que, aquí, pareciera que “no es lo mismo pero es igual” porque el presidente propone una terna (la nombra), que luego es votada en el Senado, en un procedimiento que incluso, en el extremo, pareciera una suerte de “golpe de Estado técnico”, en virtud de que todo ese entramado está diseñado (legal y políticamente) para que el ungido sea el preferido del jefe del poder ejecutivo.  


     Por todo ello, las voces que piden que se democratice la tremenda Corte insisten que se cambie ese método controvertido, cuyo precedente más grave viene desde 1994, cuando por los caprichos del entonces presidente Ernesto Zedillo se cambió a todos los ministros de la Corte porque temía que le fueran incondicionales a su ya acérrimo enemigo Carlos Salinas. La propuesta más avanzada es la que plantea que los ministros sean electos por la ciudadanía, pero se trata de un planteamiento que pondría en riesgo los intereses de no pocos representantes de los poderes fácticos de toda laya, por lo que, ni modo, por lo pronto se tiene que exigir, socialmente, que quienes lleguen a esos cargos no lo sean por componendas de personeros de otro poder del Estado y menos de los denominados poderes fácticos.

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